AVISO PÚBLICO
Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA)
El Distrito Escolar Primario de Adelanto está comprometido en lograr cumplir completamente con la Ley para Estadounidenses con Discapacidades.
El Distrito Escolar Primario de Adelanto NO:
- Niega los beneficios de programas, servicios y programas del Distrito a individuos que califican con una discapacidad en la base de una discapacidad.
- Discrimina en la base de una discapacidad en acceso a o provisión de programas, servicios, y actividades del Distrito, o aplicación para empleo o empleo a individuos con discapacidades que califican.
- Provee programas, servicios o actividades separados, desiguales, o diferentes, al menos que los programas separados o diferentes sean necesarios para asegurar que los beneficios y servicios sean equitativamente efectivos.
El Distrito Escolar Primario de Adelanto opera sus programas para que, cuando se vean completamente, estén fácilmente accesibles para o usables por individuos con discapacidades.
El Distrito Escolar Primario de Adelanto le da la bienvenida a aquellos con discapacidades para que participen completamente en los programas, servicios, y actividades ofrecidos a los estudiantes, padres, tutores y miembros del público. Si necesita una modificación o acomodación relacionada a un discapacidad, incluyendo ayudas o servicios auxiliares, para participar en cualquier, programa, servicio, o actividad ofrecida a usted comuníquese con la Coordinadora ADA al menos 48 horas antes del evento programado para que podamos hacer cualquier esfuerzo razonable para acomodarlo. [Código Gubernamental Artículo 54953.2; Ley para Americanos con Discapacidades de 1990, Articulo 202 (42 U.S.C. Artículo 12132).]
El Departamento de Educación de Estados Unidos ha reconocido la importancia de actividades extracurriculares, particularmente atletismo en clubs, intramuros, e interescolar en las vidas cotidianas de todos los estudiantes incluyendo estudiantes con discapacidades que califican. El Distrito Escolar Primario de Adelanto desea ser responsable y cumplir con esta ley y por eso implementara procedimientos adecuados para evaluar la cualificación de un estudiante con discapacidades para participar en actividades extracurriculares, trabajar con las organizaciones, ligas, y clubes adecuadas para asegurar cumplimiento, y trabajara para proveer acomodación razonable siempre que sea viable y consistente con el propósito declarado del Articulo 504 de la Ley de Rehabilitación y Título II de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades.
De acuerdo con el Artículo 35.106 de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades, todos los participantes, solicitantes, organizaciones, e individuos interesados están aconsejados y notificados que la Coordinadora ADA para el distrito es:
Josie Stijepovic, Coordinadora ADA
Oficina de Minimización de Riesgos
Distrito Escolar Primario de Adelanto
11824 Air Expressway
Adelanto, CA 92301
Teléfono: (760) 248-8254X10208
Fax: (760) 246-4201
Josie_Stijepovic@adelsd.org